¿Un jubilado paga pensión alimenticia en México?
Sí, un jubilado sí puede estar obligado a pagar pensión alimenticia en México. La ley no exime a las personas jubiladas de esta obligación, ya que el deber de proporcionar alimentos a quienes legalmente dependen de uno —como hijos menores, cónyuge, padres o personas con discapacidad— se mantiene vigente sin importar la edad o situación laboral del deudor. Lo que cambia es la capacidad económica del jubilado, lo cual puede influir en el monto o forma en que se cubre dicha pensión.
En este artículo te explicamos en qué casos un jubilado debe pagar pensión, cómo se calcula con base en su pensión del IMSS, ISSSTE u otro régimen, qué pasa si tiene otros ingresos y cómo defenderse si no tiene capacidad económica. También incluimos comparativas y vínculos útiles para comprender mejor el tema desde distintas aristas.
¿Qué es la pensión alimenticia?
La pensión alimenticia en México es el derecho que tienen ciertas personas (hijos, cónyuge, padres, etc.) a recibir lo necesario para su subsistencia, incluyendo:
- Comida
- Vestido
- Habitación
- Atención médica
- Educación (en el caso de los menores)
- Recreación
Este derecho está protegido por la Constitución, los Códigos Civiles y tratados internacionales.
¿Quiénes pueden reclamar pensión alimenticia a un jubilado?
Los siguientes sujetos pueden presentar una demanda de pensión alimenticia aunque el deudor ya esté jubilado:
- Hijos menores de edad
- Hijos mayores que estudian o tienen discapacidad
- Cónyuge o concubina(o)
- Padres en estado de necesidad
- Mujeres embarazadas
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia si el deudor es jubilado?
El cálculo depende de los ingresos del jubilado. Si su único ingreso es una pensión del IMSS o ISSSTE, se toma como base ese monto para fijar el porcentaje correspondiente.
Generalmente, el juez fija entre el 15% y el 30% del ingreso neto mensual del deudor, aunque puede variar según el número de personas a quienes deba mantener.
Consulta nuestro artículo sobre cómo se calcula la pensión alimenticia en México para conocer el detalle.
📊 Cuadro comparativo: Pensiones y cálculo de pensión alimenticia
Tipo de ingreso del jubilado | ¿Cuenta como base para calcular pensión? | Observaciones |
---|---|---|
Pensión del IMSS | ✅ Sí | Se descuenta el porcentaje que fije el juez |
Pensión del ISSSTE | ✅ Sí | Igual que IMSS |
AFORE (retiro programado) | ✅ Sí | Si se recibe como ingreso mensual |
Renta de bienes inmuebles | ✅ Sí | Se puede acreditar como ingreso adicional |
Apoyo de familiares | ❌ No | No se considera ingreso propio |
Ayuda asistencial del gobierno | ❌ No | No es ingreso fijo del deudor alimentario |
¿Qué pasa si el jubilado tiene otros ingresos además de su pensión?
Si el jubilado cuenta con ingresos por rentas, negocios, inversiones o cualquier otro concepto, estos también se consideran para fijar la pensión alimenticia. Incluso si es dueño de inmuebles o vehículos que no genera ingresos, puede presumirse capacidad económica.
Por ejemplo, si un jubilado tiene una pensión de $10,000 mensuales y además renta un departamento por $6,000, el cálculo se basará en $16,000.
¿Y si el jubilado no tiene ingresos suficientes?
El juez puede fijar una pensión simbólica o incluso no fijarla si se demuestra incapacidad económica real y comprobada. Esto aplica en casos como:
- Jubilación mínima
- Enfermedad grave o discapacidad
- Dependencia económica de terceros
Más información sobre este supuesto está en nuestro artículo “Si el padre no tiene trabajo, ¿cómo paga la pensión alimenticia?”
⚖️ Jurisprudencia relevante
“El simple hecho de encontrarse jubilado no libera al deudor alimentario de su obligación, pues la capacidad económica se evalúa con base en todos sus ingresos y propiedades.”
— Tesis Aislada I.3o.C.466 C
¿Puede modificarse el monto de la pensión?
Sí. Si el jubilado demuestra que sus ingresos han disminuido o su salud ha empeorado, puede solicitar la modificación de la pensión mediante incidente de reducción. Lo contrario también aplica: si el jubilado mejora su situación, el acreedor puede pedir el aumento.
¿Qué sucede si el jubilado no paga?
Al igual que cualquier otro deudor alimentario, el jubilado puede enfrentar consecuencias legales por incumplimiento:
- Descuento directo de su pensión
- Embargo de bienes o cuentas bancarias
- Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios
- Imposibilidad de obtener pasaporte o crédito
- Posible responsabilidad penal
¿El pago es mensual o quincenal?
Generalmente, el pago de la pensión alimenticia es mensual, pero puede pactarse de manera quincenal o conforme a los periodos en que se recibe la pensión.
¿Procede la pensión si el jubilado vive en el extranjero?
Sí, aunque existen dificultades adicionales para ejecutar el pago. México es parte de la Convención de La Haya de 2007 sobre pensiones alimenticias, por lo que puede solicitarse cooperación internacional si el país en que reside también está suscrito.
¿Cómo presentar una demanda de pensión alimenticia contra un jubilado?
El procedimiento es igual que en cualquier otro caso. Debes acudir al juez familiar competente con:
- Copia del acta de nacimiento o matrimonio
- Pruebas de la necesidad de alimentos
- Datos del jubilado (nombre, domicilio, monto estimado de su pensión)
Más detalles en:
👉 Cómo presentar una demanda de pensión alimenticia en México
¿Cómo afecta la guarda y custodia en estos casos?
Si el jubilado no tiene la guarda y custodia de los hijos, deberá pagar pensión alimenticia. Si sí la tiene, puede ser él quien la reciba. La custodia y el régimen de convivencia son factores importantes para definir el monto y el responsable.
📊 Comparativa: Pensión alimenticia de trabajadores activos vs. jubilados
Aspecto | Trabajador activo | Jubilado |
---|---|---|
Fuente de ingreso principal | Sueldo o salario | Pensión de retiro |
Retención | Vía nómina | Vía institución de pensiones (IMSS/ISSSTE) |
Posibilidad de aumento de ingreso | Alta | Limitada |
Posibilidad de reducción judicial | Menor | Mayor (por salud o vejez) |
Registro de deudores alimentarios | Sí | Sí |
Embargo de bienes | Sí | Sí (también puede embargarse pensión) |
Conclusión
Ser jubilado no exime del deber legal de proporcionar pensión alimenticia. La ley protege a los acreedores alimentarios incluso si el deudor ha dejado de trabajar, ya que la obligación subsiste mientras exista necesidad y capacidad, aunque esta última sea limitada. El juez familiar valorará caso por caso los ingresos, bienes, salud y situación general del jubilado para determinar un monto justo y proporcional.
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