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Delito de acoso en la Ciudad de México Defensa Penal

Delito de acoso en la Ciudad de México Defensa Penal

Delito de acoso en la Ciudad de México Defensa Penal

El acoso es una conducta que puede parecer menor o incluso cotidiana, pero que en realidad constituye un delito que afecta la libertad, la dignidad y la seguridad de las personas. En la Ciudad de México, el acoso está tipificado en el Código Penal y puede dar lugar a sanciones penales significativas, especialmente cuando se repite o se realiza con fines sexuales, laborales, escolares o incluso familiares.

En este artículo, el equipo legal de Figueroa y Asociados te explica qué se entiende por acoso en el marco legal de la CDMX, qué tipos existen, cómo se sanciona, cómo denunciarlo y qué hacer si eres víctima o acusado de este delito.


¿Qué es el acoso?

El acoso es una conducta insistente, no deseada y reiterada que tiene como propósito o efecto afectar emocional, física o psicológicamente a otra persona, ya sea mediante vigilancia, seguimiento, contacto físico, verbal o digital.

El acoso puede tener múltiples formas y se presenta tanto en el entorno público como en el privado, en relaciones personales, laborales o escolares.


Fundamento legal en la Ciudad de México

El Código Penal para la Ciudad de México tipifica el delito de acoso en su Artículo 179 Bis, y establece lo siguiente:

“A quien asedie reiteradamente a una persona, mediante conductas verbales, físicas o de seguimiento sistemático, con el propósito de perturbar su tranquilidad o inducirla a realizar o tolerar un acto no deseado, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de cien a doscientos días multa.”

Además, el Código penal distingue el acoso sexual como una figura agravada.


Tipos de acoso reconocidos en la CDMX

1. Acoso simple o general

Cuando una persona molesta a otra de forma reiterada, sin necesariamente buscar un beneficio sexual o económico, pero sí afectar su libertad personal o tranquilidad.

Ejemplo: seguir constantemente a una persona en la calle, tomarle fotos sin consentimiento o esperarla fuera de su casa sin razón justificada.


2. Acoso sexual

Es el acto reiterado de connotación sexual no deseada, que afecta la dignidad de la víctima y genera un entorno hostil.

Este tipo de acoso puede presentarse en contextos laborales, escolares, familiares o incluso en la vía pública.

🔗 ¿Cuándo aplica la difamación en México y cómo defenderte? (relacionado con ofensas y afectación al honor en algunos contextos)


3. Acoso laboral o “mobbing”

Consiste en hostigar de manera sistemática a un trabajador con el propósito de aislarlo, desprestigiarlo o presionarlo para que renuncie.

Aunque en principio tiene consecuencias laborales, puede constituir delito si hay amenazas, discriminación o acoso sexual.


4. Acoso digital

Incluye conductas como:

  • Envío de mensajes insistentes no solicitados
  • Espionaje en redes sociales
  • Creación de perfiles falsos para vigilar o intimidar
  • Difusión de imágenes privadas

Este tipo de acoso se ha vuelto muy frecuente y puede ser denunciado penalmente en la CDMX.


5. Acoso escolar (bullying)

Es toda conducta sistemática de agresión, humillación o exclusión entre compañeros dentro del entorno escolar. En algunos casos, puede constituir delito penal si existen lesiones, amenazas, difamación o acoso sexual.


Elementos del delito de acoso

Para que una conducta se configure como delito de acoso, se deben cumplir los siguientes elementos:

  • Reiteración: no basta con una sola acción; debe tratarse de una conducta constante o sistemática.
  • No consentimiento: la víctima debe haber manifestado su incomodidad o rechazo, o ser evidente su oposición.
  • Finalidad de perturbar: debe existir la intención o resultado de afectar la tranquilidad de la víctima.
  • Medios verbales, físicos o tecnológicos.

¿Cuál es la pena por acoso en la CDMX?

Según el Código Penal capitalino, el delito de acoso se sanciona con:

  • De uno a tres años de prisión
  • Multa de 100 a 200 días
  • Medidas de protección inmediatas a favor de la víctima

En caso de acoso sexual, se puede imponer una pena agravada, sobre todo si:

  • El agresor es servidor público, docente, jefe o familiar.
  • La víctima es menor de edad o persona con discapacidad.
  • Se realiza en espacios públicos o medios digitales.

¿Cómo se denuncia el acoso en la Ciudad de México?

El acoso puede ser denunciado ante la Fiscalía General de Justicia de la CDMX en cualquiera de sus agencias, incluyendo:

  • Fiscalías de Delitos Sexuales
  • Agencias especializadas en violencia familiar
  • Agencia Digital de Denuncia

🔗 Denuncia en el Valle de México: dónde presentarla


¿Qué pruebas son necesarias?

Algunos medios de prueba para acreditar acoso son:

  • Capturas de pantalla (mensajes, correos, redes sociales)
  • Testigos presenciales
  • Videos o grabaciones
  • Declaraciones reiteradas de la víctima

En casos graves, también puede solicitarse peritaje psicológico.


¿Qué medidas de protección puede solicitar la víctima?

  • Órdenes de restricción
  • Prohibición de contacto
  • Protección policial
  • Cambio de entorno laboral o escolar

Estas medidas pueden ser solicitadas desde la primera denuncia y son independientes del resultado penal.


¿Puede tramitarse un amparo si no se investiga debidamente?

Sí. Si el Ministerio Público no actúa de forma diligente ante una denuncia de acoso, la víctima puede promover un amparo indirecto para proteger sus derechos. También puede solicitar una audiencia por omisiones del MP.


¿Qué hacer si te acusan falsamente de acoso?

Las denuncias falsas de acoso también ocurren, especialmente en conflictos laborales, familiares o vecinales. Si te acusan injustamente:

  • Guarda calma y no respondas agresivamente
  • Contrata de inmediato un abogado penalista en CDMX
  • Aporta pruebas de tu inocencia (mensajes, registros, testigos)
  • Solicita peritajes que acrediten tu versión

🔗 Abogados especialistas en derecho penal en CDMX


¿En qué etapa procesal se resuelve el delito de acoso?

Desde la apertura de la carpeta de investigación hasta una posible sentencia, el proceso penal incluye varias etapas clave:

🔗 Etapas del juicio penal acusatorio en México

En casos menos graves, se puede solicitar:

  • Criterio de oportunidad
  • Suspensión condicional del proceso
  • Acuerdos reparatorios

🔗 Mecanismos alternos de solución de conflictos en materia penal


¿Es delito grave o se puede resolver por medios alternos?

El acoso no siempre se considera delito grave, por lo que puede resolverse por mecanismos alternos en ciertas condiciones. Sin embargo, si incluye violencia sexual, amenazas o se comete contra menores, puede tratarse como delito grave.


¿Qué pasa si no se actúa a tiempo?

Ignorar una situación de acoso puede derivar en:

  • Trastornos emocionales o psicológicos
  • Escalamiento a violencia física o sexual
  • Repercusiones familiares, laborales o escolares

Por eso es fundamental actuar a tiempo y con asesoría jurídica profesional.


¿Cómo puede ayudarte Figueroa y Asociados?

En Figueroa y Asociados, somos un bufete penalista en CDMX con más de 15 años de experiencia. Brindamos:

  • Defensa penal especializada
  • Representación de víctimas de acoso
  • Acompañamiento legal en audiencias y negociaciones
  • Atención inmediata 24/7 en casos de emergencia
  • Consultas por videollamada, WhatsApp o presencial

🔗 Licenciados penalistas: defensores de tus derechos


Conclusión

El acoso en la Ciudad de México es una conducta penalizada por la ley y puede tener consecuencias graves para la víctima y el agresor. Ya sea que hayas sido víctima o enfrentes una acusación, lo más importante es actuar con asesoría jurídica inmediata y responsable.

¿Necesitas ayuda legal en un caso de acoso?
📞 55 8722 2297
✉️ contacto@figueroayasociados.mx

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