La Pensión compensatoria en Ciudad de México
La pensión compensatoria es una figura legal poco conocida pero fundamental dentro del Derecho Familiar en la Ciudad de México. Se diferencia claramente de la pensión alimenticia y tiene como objetivo proteger el equilibrio económico entre los cónyuges tras un divorcio, especialmente cuando uno de ellos se vio afectado profesionalmente o económicamente por la relación matrimonial.
En este artículo abordaremos en profundidad qué es la pensión compensatoria, cuáles son sus requisitos, cómo se determina el monto, en qué casos se puede perder, y cómo se compara con otras figuras como la pensión alimenticia. Además, incluimos enlaces a temas relacionados y relevantes dentro del derecho familiar en CDMX.
¿Qué es la pensión compensatoria?
La pensión compensatoria es una prestación económica que puede solicitar uno de los cónyuges en el proceso de divorcio cuando el rompimiento del vínculo matrimonial le genera un desequilibrio financiero. Su finalidad es compensar al cónyuge que, por ejemplo, abandonó su carrera profesional para dedicarse al hogar y crianza de los hijos.
No se trata de una obligación automática como en el caso de la pensión alimenticia, sino que debe ser solicitada expresamente y demostrarse el perjuicio económico.
Fundamento legal
En la Ciudad de México, el fundamento de la pensión compensatoria se encuentra en el Artículo 291 Bis del Código Civil para el Distrito Federal (ahora CDMX), que establece:
“El cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente al hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos, y que con motivo del divorcio resulte sin medios propios suficientes para mantenerse, podrá solicitar del otro una pensión compensatoria que le permita subsistir.”
Este artículo deja claro que la pensión compensatoria no es para sostener a los hijos, sino para proteger al cñyuge más vulnerable económicamente.
Diferencias entre pensión alimenticia y pensión compensatoria
Concepto | Pensión Alimenticia | Pensión Compensatoria |
---|---|---|
Finalidad | Sustento de hijos, exesposa(o), ascendientes o descendientes | Compensar desequilibrio económico entre cónyuges tras el divorcio |
Base legal | Art. 311 y ss. del Código Civil para CDMX | Art. 291 Bis del Código Civil para CDMX |
Requisitos | Parentesco o relación legal de dependencia y necesidad | Desequilibrio económico derivado del divorcio y dedicación al hogar |
Automática o por solicitud | Automática cuando hay hijos o necesidad probada | Debe solicitarse y probarse |
Temporalidad | Puede ser indefinida o hasta mayoría de edad de los hijos | Temporal, hasta que el beneficiario tenga medios para mantenerse por sí mismo |
Puede modificarse | Sí, ante cambios en la situación económica o necesidades | Sí, en caso de mejora o empeoramiento de las condiciones |
Para profundizar en la diferencia entre estas figuras puedes consultar nuestro artículo ¿Si me divorcio, tengo que pagar pensión alimenticia a mi esposa?
Requisitos para solicitar la pensión compensatoria
- Que se haya dictado sentencia de divorcio.
- Que uno de los cñyuges haya quedado en una situación de desventaja económica.
- Que esa desventaja sea consecuencia directa del matrimonio.
- Que el solicitante haya contribuido de manera no remunerada al hogar.
Cómo se calcula el monto de la pensión compensatoria
A diferencia de la pensión alimenticia, la pensión compensatoria no tiene una fórmula fija, sino que el juez valorará:
- Duración del matrimonio.
- Edad y estado de salud del solicitante.
- Capacidad económica del obligado.
- Nivel de vida durante el matrimonio.
- Posibilidad del solicitante de incorporarse al mercado laboral.
Consulta también nuestro artículo: ¿Cómo se calcula la pensión alimenticia en México?
Duración y término de la pensión compensatoria
La pensión compensatoria es temporal. Se extingue cuando:
- El beneficiario obtiene un empleo o medios propios.
- Se casa o une en concubinato.
- Fallece cualquiera de las partes.
Casos comunes de aplicación
- Matrimonios largos donde uno de los cñyuges se dedicó al hogar.
- Esposas que abandonaron su carrera para cuidar hijos.
- Divorcios en que una de las partes no tiene empleo ni patrimonio.
Puedes revisar también: El divorcio voluntario en la Ciudad de México y Tipos de divorcio en CDMX
Preguntas frecuentes sobre la pensión compensatoria
1. ¿Puedo recibir pensión compensatoria si también recibo pensión alimenticia?
Sí, siempre que sean compatibles y justificadas ambas prestaciones.
2. ¿Se puede negar el juez a concederla?
Sí, si considera que no hay desequilibrio o que la parte solicitante tiene capacidad de generarse ingresos.
3. ¿Se puede pedir en el divorcio incausado?
Sí, siempre que se cumplan los requisitos. Lee más en: Divorcio incausado en México
Enlaces internos recomendados
- Derecho familiar en CDMX
- Guarda y custodia en CDMX
- Liquidación de la sociedad conyugal
- Régimen matrimonial en México
- Abogado familiar en CDMX
Conclusión
La pensión compensatoria en Ciudad de México es un derecho clave para lograr equidad tras el divorcio. Si bien no es automática, es un recurso que puede cambiar la vida de quien se vio desfavorecido económicamente por el matrimonio.
En Figueroa y Asociados, contamos con abogados especializados en Derecho Familiar dispuestos a apoyarte en este proceso con una estrategia personalizada.
Consulta también: